Conseguir el certificado energético requiere planificación temprana dentro del ciclo del proyecto habitacional.
El trámite se relaciona con la recepción definitiva, la entrega de antecedentes al comprador y la revisión técnica por parte de organismos públicos, por lo que su gestión incide directamente en plazos y documentación del desarrollo inmobiliario.
Se aplica por unidad habitacional y puede arrojar resultados distintos dentro de un mismo proyecto, especialmente en conjuntos con variaciones de orientación o emplazamiento.
Esta situación obliga a coordinar la evaluación con antelación y a considerar la certificación como parte del calendario técnico del proyecto.
En este escenario, el impacto de la letra de las viviendas nuevas resulta evidente. Las calificaciones entregan información cuantificable y comparable para los compradores.
Una mejor letra se asocia a menor consumo, menores costos operacionales y acceso a créditos hipotecarios verdes con mejores condiciones.
Etapas del proceso para conseguir el certificado energético
Definición del momento de evaluación
El primer paso consiste en definir cuándo se llevará a cabo la evaluación. En proyectos nuevos, puede efectuarse en la etapa de diseño o sobre la vivienda construida.
Esta decisión influye en los antecedentes requeridos y en los tiempos de tramitación. En desarrollos inmobiliarios, se recomienda coordinar la evaluación antes del cierre del expediente de recepción definitiva.

Contratación del evaluador acreditado
El proceso debe ejecutarse mediante un evaluador energético acreditado por el MINVU, profesional habilitado para aplicar la metodología oficial.
Estos evaluadores se encuentran disponibles en la plataforma calificacionenergetica.cl o a través de empresas especializadas. La correcta acreditación del profesional resulta indispensable para la validación del certificado.
Entrega de antecedentes técnicos
Una vez contratado el evaluador, el desarrollador o mandante debe entregar los antecedentes del proyecto.
Entre ellos se consideran planos de arquitectura, especificaciones constructivas, soluciones de envolvente térmica, sistemas de calefacción, iluminación y agua caliente sanitaria. En proyectos con tipologías repetidas, este análisis se realiza por unidad tipo.

Evaluación y comparación normativa
Durante la evaluación, el profesional analiza la información técnica del proyecto y la compara con una vivienda base de iguales características geométricas.
Esta vivienda de referencia cumple únicamente con las exigencias mínimas de la reglamentación térmica de la OGUC y considera, por defecto, gas licuado y equipamiento estándar.
El resultado de esta comparación determina el porcentaje de ahorro y la letra asignada dentro de la calificación de eficiencia energética de viviendas.
Este cálculo se realiza bajo parámetros definidos por la normativa y puede variar según localización, energía base de la zona y supuestos de uso residencial.

Emisión de la etiqueta y registro del certificado
Finalizado el análisis, el evaluador emite la etiqueta energética y el certificado correspondiente. Ambos documentos deben registrarse ante el organismo competente.
El certificado tiene una vigencia de 10 años, salvo que el proyecto o la vivienda presente modificaciones relevantes que alteren su comportamiento energético.
Para proyectos inmobiliarios, este documento se integra al expediente de venta y debe entregarse al comprador como parte de la documentación formal. En desarrollos vinculados a programas públicos, se incorpora como antecedente técnico de revisión.

Consideraciones para proyectos con múltiples unidades
En conjuntos habitacionales, la calificación puede variar entre unidades de una misma tipología. Factores como orientación, ubicación dentro del edificio o nivel de exposición influyen en el resultado.
Esta situación explica la eficiencia energética y cómo se califica en proyectos de mayor escala y refuerza la necesidad de planificar el proceso por unidad evaluada.
La información debe reflejarse correctamente en material comercial, fichas técnicas y documentación contractual.
Marco normativo aplicable
El proceso de certificación se enmarca dentro de la ley sobre eficiencia energética (ley N° 21.305). Esta normativa define su obligatoriedad para viviendas nuevas y fija los lineamientos generales del sistema de evaluación, registro y vigencia del documento.
Para inmobiliarias, desarrolladores y organismos públicos, conseguir el certificado requiere de planificación técnica y coordinación temprana con evaluadores acreditados.
Integrar este trámite dentro del calendario del proyecto facilita su tramitación y evita ajustes posteriores en etapas administrativas sensibles.

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